Por qué ya NO existe la Cédula de Habitabilidad en Andalucía

Quizás hayas entrado sorprendido a este post, tras leer el título del artículo. Lo cierto es que, desde nuestra experiencia, hemos visto que la mayoría de gente piensa que la Cédula de Habitabilidad es el documento necesario para realizar cualquier trámite en la administración con respecto a su vivienda. Pero esto no podría estar más lejos de la realidad, vamos a explicarte por qué.

Qué es la Cédula de Habitabilidad

La Cédula de Habitabilidad es un documento que acredita que una vivienda cumple con todas las condiciones mínimas para ser habitable. Esto es, con respecto a su estabilidad estructural, sus condiciones de salubridad y su higiene, junto con otros aspectos.

En este escrito se reflejaban datos como la superficie útil de la vivienda, los diferentes espacios de la misma, el equipamiento de nuestra casa… Aunque suene complejo, en realidad los requisitos eran muy pocos, por lo que generalmente todas las viviendas cumplían.

Te habrás dado cuenta de que hablamos en pasado, y esto se debe a que la Cédula de Habitabilidad en Andalucía ya no se expide, y además desde hace muchos años.

Reforma de vivienda en Avenida del Aeropuerto | POA Estudio

La Cédula de Habitabilidad en Andalucía ya no existe

Actualmente, la Cédula de Habitabilidad no se expide en Andalucía. Lo que se exige normalmente es otro documento, que es la Licencia de Ocupación (no confundir con la Licencia de Apertura).

En nuestro caso particular, el Ayuntamiento de Córdoba, existen Licencias de Ocupación registradas desde el año 1981. Anteriormente a esa fecha la Cédula de Habitabilidad era el documento que cumplía con esa función. La emisión de la Cédula de Habitabilidad era responsabilidad del Ministerio de Vivienda hasta 1984, año en el cual la Junta de Andalucía asumió las competencias.

Desde aquel año las Delegaciones Provinciales existentes comenzaron a tramitar estos documentos, cuya regulación fue modificándose durante varios años hasta 1987. En este año la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el Decreto 283/1987 de 25 de noviembre, eliminó la figura de la Cédula de Habitabilidad, porque consideró que la función que ésta cumplía ya estaba siendo realizada por la Licencia de Ocupación.

¿Cédula de Habitabilidad o Licencia de Ocupación?

Como todos sabemos, la burocracia en España es bastante compleja, por lo que probablemente te hayas hecho un lío con lo que necesitas o no necesitas. En esta te lo intento explicar:

Previo a 1981
Cédula de Habitabilidad
Entre 1981 y 1987
Cédula de Habitabilidad
Licencia de Ocupación
Después de 1987
Licencia de Ocupación

Si tu edificio es del año 1981 o anterior y necesitas realizar cualquier trámite, tendrás que dirigirte a la Delegación Provincial del Ministerio de Vivienda para que te aporten la Cédula de Habitabilidad.

Si tu edificio fue construido entre 1981 y 1987, por un lado es válido lo que he comentado en el párrafo anterior, y por otro también puedes dirigirte a la Gerencia Municipal de Urbanismo, que en Córdoba está en la Avenida de Medina Azahara.

Para viviendas acabadas a partir de 1987, tendrás que dirigirte directamente a la Gerencia Municipal de Urbanismo correspondiente, allí tendrás que ir para solicitar el Certificado de copia de la Licencia de Ocupación, en caso de que no lo tuvieras ya.

Si tu edificio estaba cogido a algún régimen de VPO, genial, porque no necesitas ningún documento. La Calificacion Definitiva de VPO es suficiente.

Cafetería Hygge | Córdoba | POA Estudio

¿Qué pasa si mi vivienda no tiene ni Licencia de Ocupación ni Cédula de Habitabilidad?

En estos casos, tendrás que solicitar en Urbanismo la Licencia de Ocupación, como explicaremos en otros artículos próximamente. En cualquier caso, puedes ponerte en contacto con nosotros y te ayudaremos con tu licencia:

  • Teléfono: 665 33 73 63
  • Mail: hola@poaestudio.com

Espero haber arrojado un poco de luz sobre este tema. Muchas gracias por tomarte tu tiempo en leer este artículo.

Un Saludo!

POA Estudio

3 comentarios en «Por qué ya NO existe la Cédula de Habitabilidad en Andalucía»

  1. Hola, estoy buscando información sobre como alquilar un piso. Encuentro en muchas web que es necesaria la cédula de habitabilidad o la licencia de primera ocupación. El caso es que efectivamente el piso del que dispongo es de VPO, de 1982, en Sevilla. En caso de que se alquilase ¿si se acredita que efectivamente es de VPO no hace falta la cédula de habitabilidad o la LPO ? ¿ se haría una fotocopia a las escrituras donde se acredita que es VPO y se añade al contrato de alquiler?
    Muchas Gracias de antemano!

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  2. Quiero comprar una casa en Andalusia, tiene Licencia de ocupación, pero el vendedor ha construido un anexo sin licencia que no es legalisable. Tiene efecto sobre el validez de la licencia de ocupación, la legalidad de la casa o sea cumple la ley? Mil gracias.

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